martes, 21 de julio de 2020

DIVERSIDAD BIOLÓGICA Y DESARROLLO

Juan Eduardo Gil Mora.

Por Eduardo Gil Mora / Cusco, PERÚ

La diversidad biológica, como definición académica, es la variabilidad de organismos vivos que pueblan los ecosistemas terrestres, marinos, dulce acuícolas y marismas. En términos contextuales a lo anterior y técnicos, la diversidad biológica, comprende la diversidad de genes, especies y ecosistemas. Quienes manejan indicadores de diversidad biológica, para los estudios estadísticos y aplicados se utiliza y analiza la diversidad Alfa, Beta y Gamma; por lo tanto, no sólo es el número de especies que pueblan un territorio determinado; sino que, significa la interacción e interdependencia; pues es esencial conocer la cadena mediante la que las especies interaccionan. La diversidad biológica y los ecosistemas constituyen la estructura troncal de la vida sobre la tierra. La calidad del aire y del agua dependen de los bosques y otros ecosistemas. Las tierras fértiles proveen alimentos y medicamentos. Los humedales y los bosques brindan diversos servicios y recursos. Nuestra supervivencia y economía están basadas en la naturaleza, que nos ofrece el sustento diario.

lunes, 6 de julio de 2020

LA DEFENSA TÉCNICA FACTUAL EN LOS CASOS DE LAVADO DE ACTIVOS O CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS


Por CPCC Ricardo Ochoa

Bajo el Nuevo Código Procesal Penal que nos prescribe, en el caso de la igualdad de armas, los instrumentos que se presenten en procura del principio de contradicción deben no solamente ser motivados, si no adecuadamente evaluados por parte de los peritos de Fiscalía y de la Procuraduría de ser el caso. Antes de iniciar sus labores de defensa, el perito debe actuar como lo señala las normas personales, en este caso, con la debida diligencia profesional, evitando los riesgos excesivos que le conlleven a perder credibilidad y su reputación al asociarse en casos de evidente ilicitud. Si bien es cierto que existe le presunción de inocencia consagrada en las Convenciones Internacionales de Derechos Humanos Art N° 1, que dice: