jueves, 8 de noviembre de 2018

EL BLOCKCHAIN Y LOS SMART CONTRACTS EN LA BANCA Y EL SECTOR FINANCIERO

Deiby Andrés Ramírez Vanegas / BOGOTÁ
Asesor de Federación Latinoamericana de Bancos.

En el contexto actual, en que la acelerada trasformación digital ha impuesto importantes retos a los distintos sectores de la economía, incluyendo el sector bancario y financiero, cobra especial importancia la tecnología blockchain o “cadena de bloques”, la cual, según los expertos, impondrá sustanciales cambios disruptivos que van mucho más allá de la transferencia de criptomonedas o monedas virtuales.

Blockchain es “una arquitectura tecnológica fundamentada en la criptografía, que permite registrar, almacenar, y compartir datos digitales de forma distribuida en múltiples participantes de una plataforma sin necesidad de la intervención de un administrador centralizado”.
Al ser un sistema distribuido, en el blockchain los datos digitales no se encuentran almacenados en un computador o servidor específico; se encuentran en varios equipos con acceso a la información de manera encriptada.
Una de sus principales características del blockchain es la seguridad de la información, dado que la misma  queda registrada de forma permanente, no pudiendo nunca ser alterada, borrada o modificada (inmutabilidad). Así mismo se destacan como peculiaridades la transparencia  en la información y la autonomía, esto último en la medida en que en las transacciones no intervienen terceros o una autoridad central.
Dadas sus características, la potencialidad del blockchain es enorme para crear nuevos productos, modelos de negocio y  herramientas tecnológicas en diferentes industrias como  telecomunicaciones, salud, comercio exterior, seguros,  sector financiero y aún en la gestión gubernamental en temas como la contratación pública y la gestión tributaria, entre otros. Para darnos una idea de la magnitud del impacto de esta tecnología y su capacidad disruptiva, podemos traer a colación los datos del Word Economic Forumque en un informe del 2016 elaborado en colaboración con Deloitte, señala que tan solo en los tres años anteriores, se presentaron más de 2,500 patentes relacionadas con blockchain y se realizaron inversiones de capital de riesgo del orden de  $ 1,4 mil millones.
Por otra parte, en la encuesta efectuada en el año 2015 por el Word Economic Forum, a un grupo de más de 800 ejecutivos y expertos de la sector de la tecnología de la información y las comunicaciones, el 57% de los encuestados consideraron que en el año 2025 el 10% del producto interno bruto (PIB) mundial estaría almacenado en la tecnología blockchain.
En cuanto al  sector bancario y financiero, si bien es cierto que el uso de esta tecnología es aún es incipiente, algunos bancos han venido trabajando de manera importante en la utilización del blockchain en el desarrollo de sus productos, viendo en su utilización enormes posibilidades para la  reducción de costos y mayor eficiencia y agilidad en las transacciones.
Es así como el 27 de noviembre de 2017, el  BBVA dio a conocer que  realizó, en colaboración con Wave, el primer piloto que automatizó, con base en tecnología blockchain, una operación de comercio exterior entre México y España a través de una carta de crédito, con lo cual el envío, verificación y autorización de la transacción  y toda la gestión de documentación se redujo a 2,5 horas, cuando normalmente se prolonga entre 7 y 10 días, lo cual tan sólo es un ejemplo del gigantesco potencial de esta tecnología para la banca.
Otro desarrollo derivado de la tecnología blockchain que muy seguramente generará un impacto muy significativo para el sector financiero, son los smarts contracts, los cuales son contratos inteligentes basados en la tecnología blockchain, que  son capaces de ejecutarse y hacerse cumplir por sí mismos de manera automática y autónoma sin que intermedien terceros, como notarios o testigos.  
Se han resaltado entre sus beneficios la reducción de costos de transacción  y ejecución de los contratos, la eficiencia  y la reducción de tiempos de ejecución de los mismos, la seguridad en las transacciones,  la disminución sustancial de los riesgos de contraparte y del riesgo de fraude y la trazabilidad de la operación, entre otros. Así mismo, algunos autores plantean como uno de los mayores beneficios de los smart contracts,  la posibilidad de ejecutar las obligaciones adquiridas por las partes en un acuerdo contractual sin la necesidad de recurrir por vía jurisdiccional para que un juez obligue al deudor moroso al cumplimiento de lo contratado.
Aunque los smarts contracts son una realidad para la banca o al  menos una innovación que se encuentra a la vuelta de la esquina, involucra importantes retos regulatorios, operativos y culturales para las entidades financieras, los supervisores, los reguladores, los responsables jurídicos de las organizaciones y los jueces, siendo uno de los principales, a las voces de Alicia Pertusa, responsable de Estrategia y Transformación Digital en Banca de Inversión de BBVA, “la dificultad de unir dos mundos: el tecnológico y el legal”.  Para todo lo anterior, debemos estar preparados.

No hay comentarios:

Publicar un comentario