Deiby Andrés
Ramírez Vanegas / BOGOTÁ
Asesor de Federación
Latinoamericana de Bancos.
En
el contexto actual, en que la acelerada trasformación digital ha impuesto
importantes retos a los distintos sectores de la economía, incluyendo el sector
bancario y financiero, cobra especial importancia la tecnología blockchain o
“cadena de bloques”, la cual, según los expertos, impondrá sustanciales cambios
disruptivos que van mucho más allá de la transferencia de criptomonedas o
monedas virtuales.
Blockchain
es “una arquitectura tecnológica fundamentada en la criptografía, que permite
registrar, almacenar, y compartir datos digitales de forma distribuida en
múltiples participantes de una plataforma sin necesidad de la intervención de
un administrador centralizado”.
Al
ser un sistema distribuido, en el blockchain los datos digitales no se
encuentran almacenados en un computador o servidor específico; se encuentran en
varios equipos con acceso a la información de manera encriptada.
Una
de sus principales características del blockchain es la seguridad de la
información, dado que la misma queda registrada de forma permanente, no
pudiendo nunca ser alterada, borrada o modificada (inmutabilidad). Así mismo se destacan como peculiaridades la
transparencia en la información y la autonomía, esto último en la medida
en que en las transacciones no intervienen terceros o una autoridad central.
Dadas
sus características, la potencialidad del blockchain es enorme para crear
nuevos productos, modelos de negocio y herramientas tecnológicas en
diferentes industrias como telecomunicaciones, salud, comercio exterior,
seguros, sector financiero y aún en la gestión gubernamental en temas como
la contratación pública y la gestión tributaria, entre otros. Para darnos una
idea de la magnitud del impacto de esta tecnología y su capacidad disruptiva,
podemos traer a colación los datos del Word Economic Forumque en un informe del
2016 elaborado en colaboración con Deloitte, señala que tan solo en los tres
años anteriores, se presentaron más de 2,500 patentes relacionadas con
blockchain y se realizaron inversiones de capital de riesgo del orden de
$ 1,4 mil millones.
Por
otra parte, en la encuesta efectuada en el año 2015 por el Word Economic Forum,
a un grupo de más de 800 ejecutivos y expertos de la sector de la tecnología de
la información y las comunicaciones, el 57% de los encuestados consideraron que
en el año 2025 el 10% del producto interno bruto (PIB) mundial estaría
almacenado en la tecnología blockchain.
En
cuanto al sector bancario y financiero, si bien es cierto que el uso de
esta tecnología es aún es incipiente, algunos bancos han venido trabajando de
manera importante en la utilización del blockchain en el desarrollo de sus productos, viendo en
su utilización enormes posibilidades para la reducción de costos y mayor
eficiencia y agilidad en las transacciones.
Es
así como el 27 de noviembre de 2017, el BBVA dio a conocer que
realizó, en colaboración con Wave, el primer piloto que automatizó, con
base en tecnología blockchain, una operación de comercio exterior entre México
y España a través de una carta de crédito, con lo cual el envío,
verificación y autorización de la transacción y toda la gestión de documentación
se redujo a 2,5 horas, cuando normalmente se prolonga entre 7 y 10 días, lo
cual tan sólo es un ejemplo del gigantesco potencial de esta tecnología para la
banca.
Otro
desarrollo derivado de la tecnología blockchain que muy seguramente generará un
impacto muy significativo para el sector financiero, son los smarts contracts,
los cuales son contratos inteligentes basados en la tecnología blockchain, que
son capaces de ejecutarse y hacerse cumplir por sí mismos de manera
automática y autónoma sin que intermedien terceros, como notarios o testigos.
Se
han resaltado entre sus beneficios la reducción de costos de transacción
y ejecución de los contratos, la eficiencia y la reducción de tiempos de
ejecución de los mismos, la seguridad en las transacciones, la
disminución sustancial de los riesgos de contraparte y del riesgo de fraude y
la trazabilidad de la operación, entre otros. Así
mismo, algunos autores plantean como uno de los mayores beneficios de los smart
contracts, la posibilidad de ejecutar las obligaciones adquiridas por las
partes en un acuerdo contractual sin la necesidad de recurrir por vía
jurisdiccional para que un juez obligue al deudor moroso al cumplimiento de lo
contratado.
Aunque los smarts contracts
son una realidad para la banca o al menos una innovación que se encuentra
a la vuelta de la esquina, involucra importantes retos regulatorios, operativos
y culturales para las entidades financieras, los supervisores, los reguladores,
los responsables jurídicos de las organizaciones y los jueces, siendo uno de
los principales, a las voces de Alicia Pertusa, responsable de Estrategia y
Transformación Digital en Banca de Inversión de BBVA, “la dificultad de unir
dos mundos: el tecnológico y el legal”. Para todo lo anterior, debemos
estar preparados.
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